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Buenas Prácticas

Buenas Prácticas

Las Américas tienen una antigua y generosa tradición de brindar asilo y protección a quienes lo necesitan, hospitalidad que ha dejado huella en una serie de buenas prácticas legislativas en la región.

Con el objeto de facilitar el acceso a estos ejemplos, la Unidad Legal Regional del ACNUR para las Américas, publica un narrativo comentando ciertas buenas prácticas legislativas en materia de protección de refugiados en América Latina.

Este trabajo comenta y destaca treinta buenas prácticas legislativas, por considerar que estas disposiciones jurídicas constituyen buenos ejemplos a seguir. La compilación no es exhaustiva y aprovechando las celebraciones por los 30 años de la Declaración de Cartagena, por el momento la primera buena práctica que se pone a disposición está dedicada a la definición regional de refugiado.

Los cuadros anexos incluyen enlaces para consultar la ley, reglamento o convenio del cual la buena práctica se ha extraído; casi todos los documentos están disponibles en la base de datos legal mantenida por la Unidad Legal Regional del ACNUR.

Indice de buenas prácticas

Introducción

1. Buena práctica: Definición regional de refugiado.

2. Buena práctica: Edad, género, diversidad.

3. Buena práctica: La legislación nacional prescribe que no se rechazará en frontera al solicitante y que no se le penalizará por entrada o presencia ilegales.

4. Buena práctica: Carácter declarativo de la condición de refugiado.

5. Buena práctica: Derecho de buscar y recibir asilo.

6. Buena práctica: Efectivo derecho de acceder al procedimiento.

7. Buena práctica: Derecho de apelación y debido proceso.

8. Buena práctica: Asistencia legal gratuita al solicitante.

9. Buena práctica: Documentación gratuita o a bajo costo.

10. Buena práctica: Capacitación permanente y acuerdos con instituciones de derechos humanos.

11. Buena práctica: Niños no acompañados.

12. Buena práctica: Expresa disposición a cuyo tenor las víctimas de trata u otras personas especialmente vulnerables tienen derecho a buscar y recibir asilo.

13. Buena práctica: No discriminación por situación migratoria.

14. Buena práctica: No hay plazo para presentar la solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado.

15. Buena práctica: No comunicación con el país de origen del solicitante.

16. Buena práctica: Participación de la sociedad civil o de la Defensoría del Pueblo en las comisiones para la determinación de la condición de refugiado.

17. Buena práctica: Recopilación de precedentes.

18. Buena práctica: Documento de identificación.

19. Buena práctica: Empleo remunerado de los solicitantes.

20. Buena práctica: Empleo remunerado de los refugiados.

21. Buena práctica: Condición migratoria de los refugiados.

22. Buena práctica: El refugiado no pierde esa condición con los cambios de categoría migratoria.

23. Buena práctica: Reconocimiento de diplomas.

24. Buena práctica: No renuncia a la nacionalidad como requisito para la naturalización.

25. Buena práctica: Naturalización.

26. Buena práctica: Deportación. Salvaguarda para refugiados.

27. Buenas prácticas en el contexto de la migración mixta.

28. Buena práctica: Protección complementaria y visas humanitarias.

29. Buenas prácticas en materia de víctimas de desastres naturales.

30. Buena práctica: Regulación doméstica del desplazamiento interno.

Cuadros

Nota

El trabajo de investigación presentado en esta página tiene una finalidad divulgativa y no puede ser considerado como expresión de las posiciones del ACNUR en los temas de referencia.