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ACNUR celebra el 73 aniversario de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados e insta a la adhesión universal

Notas de prensa

ACNUR celebra el 73 aniversario de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados e insta a la adhesión universal

26 Julio 2024 Disponible también en:
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Este domingo, 28 de julio, habrán pasado 73 años desde la adopción de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, que, al ser el pilar de la protección de los refugiados, ha salvado y protegido la vida de millones de personas que huyen de guerras, violencia, persecuciones y violaciones a los derechos humanos en distintas partes del mundo.

Esta convención y el Protocolo de 1967 definen quién es una persona refugiada; también precisan  cuáles son los derechos de las personas desplazadas y qué tipo de protección deben recibir. Millones de personas alrededor del mundo continúan recibiendo protección gracias a los principios consagrados en estos instrumentos.

La médula de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados es el principio consuetudinario de no devolución, que prohíbe que los Estados devuelvan a las personas a sitios en los que su vida o su libertad corren peligro.

Existen importantes instrumentos regionales que, además de complementar la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, amplían la definición de persona refugiada (en particular, la Convención de la OUA, de 1969, que fue adoptada por varios países africanos, y la Declaración de Cartagena de 1984 en las Américas).

Al día de hoy, 149 Estados han adherido a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados o al Protocolo de 1967. En el Panel de leyes y tratados sobre refugiados, que ACNUR creó recientemente, se indica cuáles son esos Estados; además, el panel muestra el desarrollo de instrumentos regionales, nacionales e internacionales en materia de refugiados.

En el marco del aniversario de la Convención, como su guardián, ACNUR insta a los 46 miembros de la ONU y a los Estados observadores que aún no se han adherido a ella a que lo hagan.

En la última mitad del siglo pasado – particularmente en los años sesenta y a principios de los ochenta y noventa – se observó un incremento en el número de adhesiones a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados. Desde el año 2000, trece Estados han adherido a la convención; los últimos fueron Nauru, en 2011, y Sudán del Sur, en 2018. Aún hace falta que, sobre todo en Asia, Medio Oriente, el Caribe y el Pacífico, haya más compromiso con la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados.

Adherir a la convención no solo refleja que un Estado tiene la voluntad de proteger a las personas refugiadas en cumplimiento de sus obligaciones legales internacionales, sino que también ayuda a evitar que haya fricciones entre los Estados en materia de refugiados, pues se reconoce que la concesión del asilo es un acto jurídico pacífico y humanitario, no un gesto hostil ni político.

Asimismo, fomenta la cooperación entre Estados y la distribución de responsabilidades con respecto a la protección de las personas refugiadas, lo cual refuerza la predictibilidad y la rendición de cuentas a nivel internacional. Adherir a la convención es también un símbolo de respeto por los principios de multilateralismo y solidaridad internacional en que se sustenta la protección de las personas refugiadas.

Considerando que, en este momento, más de 43,4 millones de refugiados han sido acogidos por distintos países, la importancia de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados y de los instrumentos regionales es evidente con la situación de desplazamiento por la que atraviesa el mundo.

Estos instrumentos jurídicos seguirán siendo necesarios en tanto siga habiendo nuevos conflictos, en tanto perduren los conflictos existentes y en tanto siga habiendo persecuciones.

Además de promover la adhesión universal a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, ACNUR insta a todos los Estados a respetar los principios del derecho internacional de los refugiados, que incluyen proteger el derecho fundamental de todas las personas a solicitar y disfrutar del asilo, así como respetar y proteger los derechos humanos de las personas forzadas a huir.

Para obtener más información con respecto a este tema, favor de contactar a:

En Ginebra: Shabia Mantoo, [email protected], +41 79 337 76 50

Notas para la prensa:

Este es el enlace para acceder al Panel de leyes y tratados sobre refugiados.

Con base en su mandato específico, conforme al derecho internacional, de promover los instrumentos del derecho internacional de los refugiados y de supervisar su aplicación, ACNUR desarrolló un panel que proporciona información actualizada con respecto a la protección de las personas refugiadas en más de 200 Estados miembros de la ONU, Estados observadores y otros territorios. Su propósito es asistir a legisladores, profesionales del derecho, sociedad civil, comunidad académica, organizaciones internacionales y regionales, y otras partes interesadas en el análisis de las leyes que se relacionan con las personas refugiadas.

Por tanto, el panel recopila datos sobre los principales instrumentos internacionales para la protección de los refugiados; para ello, monitorea la adhesión y las reservas a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, al Protocolo de 1967 y a los instrumentos regionales, como la Convención de la OUA de 1969, la Declaración de Cartagena sobre Refugiados de 1985 y la aplicación del Sistema Europeo Común de Asilo. El panel también proporciona información sobre los marcos jurídicos con que los países cuentan en relación con la protección de las personas refugiadas, lo que incluye normas primarias y secundarias.

Junto con el Panel de leyes y políticas sobre desplazamiento interno, este panel es el primer componente de la Plataforma de mapeo y análisis de derechos (RiMAP, en inglés) de ACNUR, que estará disponible para consultas del público a finales de 2024.

Conocer más detalles sobre cómo y por qué adherir a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados y al Protocolo de 1967 y sobre cómo y por qué retirar reservas.