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ACNUR: el nuevo Código Penal brasileño no puede perjudicar a los que buscan protección

Historias

ACNUR: el nuevo Código Penal brasileño no puede perjudicar a los que buscan protección

Algunos de los artículos del Código Penal en dicscusión en el Congreso de Brasil podrían afectar a los solicitantes de asilo y migrantes que llegan al país de manera irregular.
23 October 2013
Refugiados atendidos por Cáritas Rio. Para el ACNUR, el nuevo Código Penal brasileño no puede menoscabar la protección de los solicitantes de asilo en Brasil.

SÃO PAULO, Brasil, 22 de octubre de 2013 (ACNUR) – Algunos de los artículos del nuevo Código Penal brasileño, en discusión en el Congreso Nacional, criminalizan los movimientos migratorios y podrán afectar a los solicitantes de asilo y migrantes que llegan al país de manera irregular, así como a las organizaciones y personas solidarias con dichas poblaciones. Por lo tanto, deben suprimirse para que el nuevo documento refleje los compromisos internacionales de Brasil con el derecho internacional humanitario y los derechos humanos y mantener las garantías ya previstas en la legislación brasileña para los solicitantes de asilo que buscan protección internacional en Brasil.

La alerta fue lanzada ayer por el representante del Alto Comisionado de la ONU para los Refugiados (ACNUR) en Brasil, Andrés Ramírez, durante la inauguración del seminario "Grandes Juristas y la Reforma del Código Penal", promovido en Sâo Paulo por el Complejo Educativo FMU.

La ceremonia de inauguración reunió a personalidades nacionales e internacionales del mundo del derecho, como el ministro de la Corte Suprema Marco Aurélio Mello, el ex ministro de Justicia Marcio Tomaz Bastos, y ministros de la Corte Suprema, así como de la Fiscalía y de la Defensoría Pública del Estado de São Paulo.

El representante del ACNUR se refirió al Título XV del proyecto de ley 236/2012 (nuevo Código Penal), que se ocupa específicamente de los "Delitos relativos a los extranjeros" y tipifica como delito las conductas relacionadas con la inmigración y la entrada irregular en territorio brasileño, así como los delitos relacionados con el acceso al mecanismo de asilo y los procedimientos para el reconocimiento de la condición de refugiado.

En su opinión, el texto amplía la criminalización de la irregularidad migratoria, y prevé la creación de nuevos tipos penales que hacen caso omiso de las circunstancias extremas en las que muchos extranjeros tienen que salir de sus países de origen para escapar de la persecución por motivos de nacionalidad, raza, religión, opiniones políticas o por pertenecer a un determinado grupo social, motivos que fundamentan el reconocimiento de la condición de refugiado, de acuerdo con la legislación brasileña y los convenios internacionales sobre la materia.

Ramírez recordó que Brasil es parte de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y cuenta con una ley nacional sobre el tema (9.474/97), que se considera avanzada en relación con la protección de los extranjeros refugiados. "Las personas que necesitan protección a menudo no tienen manera de obtener todos los documentos necesarios para viajar de forma regular a un país extranjero y solicitar asilo. El ejemplo de Siria en la actualidad, muestra claramente este hecho", agregó.

Los artículos 452, 453 y 454 del Título XV del proyecto del nuevo Código Penal brasileño criminalizan a los extranjeros que utilizan documentos falsos o hacen declaraciones no verídicas para entrar en el país y solicitar asilo. En cuanto a los individuos y organizaciones que apoyan a estas poblaciones será considerado un delito atribuir calificaciones o información falsa a personas extranjeras para promover su entrada o residencia en el país (incluso para garantizarles la condición de refugiados), así como promover su entrada y alojamiento de forma clandestina. En todos estos casos, la pena prevista es de dos a cinco años de prisión (tanto para los extranjeros como para nacionales brasileños).

"Estos artículos son motivo de preocupación, ya que no tienen en cuenta las particularidades inherentes al desplazamiento y la protección de los solicitantes de asilo y los refugiados en el mundo. La persecución en el país de origen impone una seria amenaza para la vida, la integridad física o la libertad de los refugiados. Y la fuga se caracteriza por la urgencia, lo que hace imposible esperar por la documentación adecuada para permitir el acceso regular al país donde buscan asilo. Así, no es inusual que el refugiado se vea obligado a hacer uso de documentación adulterada justamente para salir del país en que se perpetró la persecución", dijo el representante del ACNUR.

Para Ramírez, que ha trabajado en varias operaciones del ACNUR en todo el mundo, es común que los refugiados viajen sin ningún documento de identidad, lo que exige a los países de acogida la sensibilidad y la capacidad técnica adecuada para identificar a los extranjeros que tienen un fundado temor de persecución y que no pueden ser criminalizados en razón de los medios utilizados para salvar su vida.

El representante del ACNUR también destacó la larga tradición de Brasil de sensibilidad hacia las cuestiones migratorias y la creciente posición del país en el escenario internacional para defender que estos temas sean tratados sólo a nivel administrativo (y no penal), por medio de un sistema eficiente para la identificación de las circunstancias y de los motivos de la entrada de ciudadanos extranjeros en el territorio nacional.

La intervención del representante del ACNUR fue bien recibida por el público y las autoridades presentes. "Hemos sacado a la luz las verdaderas consecuencias de la reforma del Código Penal para los solicitantes de asilo. Si el texto se mantiene vigente, el proceso de reconocimiento de la condición de refugiado se verá perjudicado, y las instituciones que prestan servicios a las personas indocumentadas serán criminalizadas", dijo el Director del Curso de Relaciones Internacionales de la UMF, Profesor Manuel Nabais da Furriela.

En su condición de Presidente del Comité para los Derechos de los Refugiados, de la Orden de Abogados de Brasil en São Paulo (OAB – SP), Furriela entregó a las autoridades presentes en la ceremonia de apertura del seminario un documento solicitando que se supriman los artículos 452, 453 y 454 contenidos en el Título XV del anteproyecto del nuevo Código Penal brasileño. "Es importante llamar la atención de las autoridades hacia los problemas de esta reforma, desde la perspectiva de los solicitantes de asilo".

Por Larissa Leite e Luiz Fernando Godinho.

Gracias a la Voluntaria en Línea Victoria Gómez Reboiro por el apoyo ofrecido con la traducción del inglés de este texto.